Socios
Para solicitar afiliarse a la RSCE, se deberá cumplimentar el impreso correspondiente, aportando todos los datos en él solicitados, imprimirlo y enviarlo a la RSCE por correo postal, junto con fotocopia del DNI del interesado y el pago correspondiente, según la tarifa vigente en cada momento. La domiciliación bancaria será posible al año siguiente al alta como socio.
El solicitante deberá ser presentado por dos socios de la RSCE.
Toda petición de ingreso que cumpla los requisitos exigidos se pasará a examen y decisión del Comité de Dirección, que acordará, por votación, la admisión o no del solicitante.
Abonados
Para solicitar abonarse a la RSCE, se deberá cumplimentar el impreso correspondiente, aportando todos los datos en él solicitados, imprimirlo y enviarlo a la RSCE por correo postal o por e-mail a contabilidad@rsce.es, junto con fotocopia del DNI del interesado y el pago correspondiente, según la tarifa vigente en cada momento. La domiciliación bancaria será posible al año siguiente al alta como abonado.
La condición de “Abonado” es transitoria hasta conseguir alcanzar la condición de socio, no pudiendo ser abonado de manera permanente. La condición de socio se puede adquirir en cualquier momento, siempre que se satisfaga la cuota incial de socio, pudiendo hacerse en un periodo máximo de 5 años. La falta del pago de una anualidad supondrá la pérdida de la condición de abonado y, por consiguiente, la futura condición de socio, así como de los importes pagados con anterioridad.
Los abonados tendrán todos los derechos de los socios, excepto el de asistir a las Asambleas de Socios de la RSCE y poder votar.
Pasado el periodo de 5 años, los abonados pasarán a ser socios de número y podrán ya asistir a las asambleas y ejercer su derecho a votar.